Castilla-La Mancha restringe el móvil en clase salvo uso pedagógico

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha ha publicado este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) la Orden 104/2026, de 3 de julio, con las instrucciones educativas, organizativas y de gestión que regirán el curso escolar 2026/2027 en todos los centros sostenidos con fondos públicos de la región.

Entre las medidas más destacadas figura la regulación del uso de los teléfonos móviles por etapas: prohibición general en Infantil y Primaria, veto durante toda la jornada en Secundaria Obligatoria y restricción al uso dentro del aula en Bachillerato y Formación Profesional, con la única excepción del empleo pedagógico supervisado por el profesorado.

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Castilla-La Mancha restringe el móvil en clase salvo uso pedagógico

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, bajo la firma del consejero Amador Pastor Noheda, aprobó el pasado 3 de julio la Orden 104/2026 por la que se dictan las instrucciones que organizarán el funcionamiento de los centros educativos no universitarios de Castilla-La Mancha durante el curso 2026/2027. La norma, publicada este viernes en el DOCM, entrará en vigor el día siguiente a su publicación y deroga expresamente la Orden 108/2025, de 24 de julio, que regulaba el curso precedente.

La disposición se aplica a todos los centros sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma que impartan enseñanzas contempladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Su elaboración responde a la necesidad de actualizar el marco normativo vigente, en parte desfasado tras la entrada en vigor de normas superiores, y de adaptar los procedimientos internos de los centros a la consolidación de la plataforma digital corporativa EducamosCLM, que ha transformado la elaboración, tramitación y supervisión de los documentos programáticos escolares.

La orden tiene también raíz sindical: sus instrucciones integran y dan continuidad a los compromisos adquiridos en el Acuerdo suscrito el 18 de junio de 2025 entre la Consejería y las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Educación —ANPE, UGT y CCOO—, orientado a la mejora progresiva del sistema educativo y de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario.

Restricción del móvil por etapas

La regulación del uso de los dispositivos móviles en los centros constituye uno de los ejes de la orden y se articula en función de la etapa educativa. En Educación Infantil y Educación Primaria, la norma establece como regla general que el alumnado no asistirá con teléfono móvil al centro. En Educación Secundaria Obligatoria (ESO), el uso queda prohibido durante toda la jornada escolar; únicamente podrá autorizarse su utilización con fines estrictamente pedagógicos y siempre bajo la supervisión directa del equipo docente. En Bachillerato, Formación Profesional y las Enseñanzas de Régimen Especial, la restricción se circunscribe al interior del aula, con la misma excepción pedagógica que en la etapa anterior. En todos los casos se contempla la posibilidad de que concurran circunstancias excepcionales que justifiquen un uso al margen de estos criterios. Los propios centros educativos deberán concretar y desarrollar estas disposiciones en sus Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia, en ejercicio de su autonomía.

Documentos programáticos y plataforma digital

La orden actualiza también el régimen de los documentos programáticos de cada centro —el proyecto educativo, la programación general anual y el plan de mejora—, cuya elaboración se canalizará íntegramente a través de EducamosCLM. La programación general anual deberá estar aprobada antes del 31 de octubre del año en curso, mientras que el plan de mejora habrá de estar cumplimentado antes del 20 de julio de cada curso y se aprobará en la primera sesión del Claustro de Profesorado y del Consejo Escolar. Las actas de órganos colegiados, las de coordinación docente, las sesiones de evaluación y los partes mensuales de ausencia del profesorado se grabarán en el módulo de Gestión de Documentos de la plataforma.

Las ausencias del alumnado deberán registrarse a diario en EducamosCLM en todas las enseñanzas, y los orientadores grabarán las evaluaciones psicopedagógicas y los dictámenes de escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo a través de la misma aplicación.

Horario del profesorado y conciliación

En materia de horario docente, la norma establece que el profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial que de forma excepcional supere los 18 periodos lectivos semanales verá compensado su horario con dos horas complementarias por cada hora que exceda ese límite. El personal docente mayor de 55 años dispondrá de una reducción de dos horas complementarias de permanencia semanal en el centro, con la condición de garantizar una cobertura organizativa suficiente. El profesorado de Infantil y Primaria que supere el horario de referencia podrá ser compensado, según lo que determine el Claustro, bien con dos periodos lectivos semanales y un recreo, bien con dos periodos lectivos semanales y dos horas complementarias al mes.

La orden reconoce además las siguientes dedicaciones horarias en los centros que impartan Formación Profesional: coordinador Skills (tres horas complementarias), tutor de WorldSkills y EuroSkills (una hora lectiva y dos complementarias), tutor de SpainSkills (tres horas complementarias) y tutor CLMSkills (tres periodos lectivos cuando libere horas de módulos profesionales de segundo curso durante la formación en empresa o FCT).

Erasmus+ e internacionalización

El profesorado coordinador de proyectos Erasmus+ con acreditación o Carta ECHE recibirá periodos lectivos y horas complementarias en función del número de movilidades previstas para el curso: una hora lectiva y dos complementarias para proyectos de hasta veinte movilidades; una lectiva y tres complementarias entre veintiuna y cuarenta; dos lectivas y tres complementarias entre cuarenta y una y sesenta; y dos lectivas y cuatro complementarias a partir de sesenta y una movilidades. En los proyectos con movilidades de larga duración se dotará al coordinador con una hora complementaria adicional. El profesorado Embajador eTwinning contará con dos horas lectivas y dos complementarias, y el coordinador del programa de Escuelas Embajadoras del Parlamento Europeo con una hora lectiva y dos complementarias.

Simultaneidad de enseñanzas

La norma regula también la posibilidad de cursar simultáneamente distintas enseñanzas no universitarias. El alumnado de Bachillerato de Artes podrá hacerlo con los ciclos de Técnico en Artes Plásticas y Diseño o con enseñanzas profesionales de Música o Danza; el de Bachillerato General, con ciclos de Formación Profesional. En el ámbito de la FP, podrá autorizarse la simultaneidad cuando el alumno tenga pendiente únicamente el periodo de formación en empresa y el proyecto intermodular. Con carácter general, la suma de la carga horaria anual de ambas matrículas no podrá superar las 1.300 horas.

Protección civil y acceso a los centros

La orden incorpora la obligatoriedad de que el alumnado de todas las enseñanzas reciba formación ante emergencias de protección civil, formación que quedará reflejada en los documentos organizativos del centro y registrada en la Programación General Anual. En cuanto al acceso a los centros públicos, cualquier persona ajena a la comunidad educativa que desee visitarlos deberá presentar una solicitud formal ante la correspondiente Delegación Provincial de Educación, indicando el motivo, los días y el horario previstos; el acceso se realizará fuera del horario lectivo.

Calendario de evaluación 2026/2027

La orden fija las fechas clave del calendario de evaluación para el próximo curso. En Educación Primaria y ESO, las sesiones ordinarias se celebrarán entre el 23 y el 25 de junio de 2027, con cierre de actas el 28 de junio —salvo 4.º de ESO, cuyas actas deberán estar cerradas el 23 de junio—. Para primero de Bachillerato, las sesiones ordinarias arrancan el 10 de junio de 2027, las pruebas extraordinarias el 22 de junio y las sesiones extraordinarias el 24 de junio. En Formación Profesional, la primera evaluación ordinaria final de los ciclos formativos de la LOFP se realizará a partir del 27 de mayo de 2026 para los primeros cursos; la segunda evaluación ordinaria final, a partir del 16 de junio de 2027. Las actas de FP deberán estar cerradas el 23 de junio de 2027.

La norma establece asimismo que el texto ha sido sometido a los trámites de consulta e informe de la Mesa Sectorial de Educación y del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha, lo que, a juicio de la Consejería, garantiza los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia que exige la Ley del Procedimiento Administrativo Común. La Inspección de Educación será la responsable de controlar, supervisar y asesorar sobre el cumplimiento de todas estas instrucciones conforme a sus respectivos planes provinciales de actuación.

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